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    CHACO Confirman procesamiento de exjefe del Banco Nación que se quedaba con fondos de jubilados fallecidos

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    La Cámara Federal de Resistencia confirmó el procesamiento sin prisión preventiva del exjefe de área del Banco Nación en Sáenz Peña, por desviar $648 mil de cuentas de jubilados fallecidos a su beneficio personal a través de 32 transferencias. “El imputado conocía lo contrario de su accionar con la normativa”, sostuvieron las camaristas.

    La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó este miércoles el procesamiento sin prisión preventiva del exjefe de área del Banco Nación en Sáenz Peña, José Sebastián Bachmann, por desviar $648 mil de cuentas de jubilados fallecidos a su beneficio personal.

    El fallo, firmado por las juezas Rocío Alcalá y Patricia García, ratificó la decisión de primera instancia que lo imputó por los delitos de fraude a la Administración Pública (art. 174 inc. 5° del Código Penal) e incumplimiento de deberes de funcionario público (art. 248 CP).

    La sentencia fue categórica al señalar que el imputado “efectuó treinta y dos operaciones con la evidente intención de obtener un beneficio económico propio”. Además, recordó que el artículo 248 del Código Penal castiga a los funcionarios que no cumplen con sus deberes, imponiendo “inhabilitación especial por doble tiempo” Así, el caso quedó a un paso del juicio oral en el que podría enfrentar una pena de 2 a 6 años por fraude y hasta 2 años por abuso de autoridad.

    “Obrar doloso”
    Según las pruebas de la causa, el ejecutivo del BNA aprovechó su acceso al sistema bancario para transferir fondos de cuentas de titulares fallecidos (que seguían recibiendo depósitos de ANSES) a su caja de ahorro personal. En ese sentido, realizó 32 operaciones irregulares entre 2023 y 2024, detectadas en un sumario administrativo realizados por la propia entidad bancaria.

    Los fondos eran jubilaciones que ANSES depositaba erróneamente. Bachmann los redirigió con su usuario bancario, traicionando la confianza pública, señaló el tribunal en su sentencia. En ese sentido, la Cámara advirtió que el solo desvío de caudales públicos consuma el delito y que como funcionario, el imputado conocía la ilegalidad de sus actos.

    “La maniobra descubierta fue realizada en un contexto en el que el imputado conocía lo contrario de su accionar con la normativa, lo que comprobó –con el grado de convicción que la instancia amerita- con la irregularidad de los actos funcionales administrativos que realizó desde el área a la que pertenecía”, expresaron.

     

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