En su discurso inaugural como gobernador ante la Legislatura, Maximiliano Pullaro se ocupó de plantearle a la policía de Santa Fe que en un contexto de inseguridad feroz le daría un respaldo manifiesto que no se quedaría en palabras. Remarcó que un uniformado tenía un arma en la cintura para usarla y que impulsaría el juicio por jurados para que fueran ciudadanos comunes los que definieran la suerte de efectivos juzgados. Y puso como ejemplo de injusticia el caso de un policía condenado a 25 años de prisión por matar en Rosario a dos asaltantes en un robo.
Poco después de asumir el gobernador santafesino dio la orden a sus colaboradores de impulsar la revisión del caso aludido en su discurso inicial, el de Luciano Nocelli, policía del Comando Radioeléctrico de Rosario, que les disparó a Jimena Gramajo y Maximiliano Rosasco tras un intento de robo a una mujer a metros de un parque. Las defensas señalaron que Nocelli intervino en el transcurso de un delito en el que incluso uno de los delincuentes atacó a balazos a otro policía. La fiscalía sostuvo que la acción de Nocelli fue a quemarropa y cuando los asaltantes ya estaban neutralizados, lo que la convertía en un doble homicidio agravado.
Los tres jueces actuantes le impusieron por unanimidad 25 años de prisión a Nocelli y el fallo fue confirmado por tres camaristas. Pero ahora el procurador de la Corte Suprema de Santa Fe, Jorge Barraguirre, dictaminó en contra de la constitucionalidad de esa condena lo que implica que el máximo tribunal santafesino, como aspiraba el gobernador, habrá de revisarla.
Se trata de algo significativo políticamente. Un actor de otro poder del Estado dictamina en el sentido planteado por Pullaro en un momento en que el gobernador atraviesa una fase de alta legitimidad por el fenomenal declive del delito violento en Rosario en especial, con los homicidios en el primer trimestre de 2024 cayendo a una tercera parte del mismo período en 2023. Lo hace luego de que el mandatario afirmara que estaba evaluando indultar al policía condenado.
Eso generó la inevitable especulación sobre un alineamiento automático del procurador con las expectativas de Pullaro, cuando el gobernador aparece indiscutido en un campo que, como la seguridad, es siempre polémico. Pero es difícil sostenerlo en Barraguirre, un funcionario jerárquico que, en 2014, cuando despuntaban con claridad las conexiones entre fuerzas de seguridad santafesinas y criminalidad violenta, bajó por escrito una instrucción general a todos los fiscales de la provincia a los que entonces comandaba, a fin de que dieran prioridad a los casos de violencia institucional. Y que se manifestó con regularidad contra las acciones de una policía brava y autonomizada del poder civil.
Sin embargo, en su dictamen por el caso Nocelli lo que dice Barraguirre es que no se puede asimilar la conducta del policía a un caso de gatillo fácil. El planteo de inconstitucionalidad para la condena del policía era por incorrecta valoración de la prueba, algo con que el análisis del procurador coincide.
Para Barraguirre este caso está muy lejos de la doctrina Chocobar en donde se valida la acción de un uniformado que persigue a alguien en flagrancia, que da la espalda o que se aleja de la escena criminal y que se encuentra desarmado.
Su planteo es que los juzgadores brindaron una fundamentación poco razonable de la condena al analizar la secuencia del video de los hechos de manera fraccionada. Nocelli despliega una acción en 14 segundos que se analiza en un video fragmentado en siete minutos para evaluar su responsabilidad. Se trata de una continuidad vertiginosa, dice Barraguirre, donde habían baleado al compañero del policía juzgado. Y desde el piso, donde se encontraba, su perspectiva del peligro corrido es muy distinta del panorama que da, desde arriba, una cámara de vigilancia situada a tres metros de altura.
El tribunal había dividido la secuencia en dos tramos. En una se advierte una acción de enfrentamiento. Pero cuando interviene Nocelli, afirmaban, ya no había peligro para los agentes ni para terceros que autorizaran disparos, además de que los asaltantes estaban caídos. Esto es lo que justificó la condena para el policía. Y lo que Barraguirre considera inadecuado hacer una separación en dos tramos. Algo que también hace la camarista Carolina Hernández quien indica que la acción del policía encuentra razón en el riesgo que corrían la víctima y su camarada que era objeto de balazos, en el primer tramo del video, pero que «en un tan escasísimo tiempo real» impide discernir si hay un accionar con dolo «propio de la adrenalina de la persecución o el abuso funcional».
A pesar de esto, dice Barraguirre, en la sentencia se le exigió al policía que debió haber percibido la situación y actuado de una manera radicalmente distinta. Con lo que el procurador no está de acuerdo. Exigir la apreciación de que no estaba en peligro es un error más cuando su compañero uniformado continuaba inmóvil en la escena. El ojo que tiene el policía durante su acto no es el que tienen sus juzgadores mirando el video.
Además, el procurador consideró desmesurada la pena de 25 años a un policía por una acción que durante mucho tiempo en un juicio generó dudas razonables de que fuera resultado de un accionar legítimo de su rol. Se deslizó que son cinco años más de pena que los impuestos a Ariel Guille Cantero, líder de Los Monos, en el primer juicio a esa banda. Cuando Cantero estaba juzgado como autor de un asesinato planificado, el de Diego Demarre, dueño del boliche frente al cual mataron a su hermano Claudio Pájaro Cantero.
Desde el día uno de gestión Pullaro dejó en claro que empoderaría a las fuerzas de seguridad entre otros reaseguros para «impulsar una lucha frontal» contra una criminalidad sanguinaria. Los actores vinculados a economías criminales, según el Observatorio de Seguridad de Santa Fe, concretaban hacia fines de 2023 el 70 por ciento de los hechos de sangre en Rosario.
Pero la delincuencia de ese segmento que explicó la explosión de violencia en una década no se implica, salvo muy inusuales excepciones, en enfrentamientos contra la policía. Pullaro se dirigía al tipo de casos más irritantes socialmente que involucra al delito contra la propiedad en general. Y propuso el juicio por jurados enfocando «los casos en que las fuerzas de seguridad sean acusadas de excederse en el uso de la fuerza cumpliendo sus funciones, se pueda requerir la valoración de un jurado integrado por ciudadanos. Debemos terminar con los debates técnicos como lo sucedido en el caso Nocelli y que sea la propia sociedad quien juzgue los hechos que sufre todos los días».
El gobernador entrevió entonces que su decisión de volcar policías podía generar un aumento de incidentes que involucraran a efectivos en vía pública primero y en los trámites penales como efecto. Para esto último cavilaba que los matices complejos que se dan en situaciones de enfrentamiento pueden ser sopesados mejor por el veredicto de un jurado ciudadano colectivo que por un juez o un tribunal.
Ahora el caso Nocelli será reabierto por la Corte Suprema. El procurador Barraguirre también encontró objeciones al sustento normativo en que se basaron los camaristas que evaluaron el fallo para validar la pena al policía. Por eso les restó peso constitucional.